Deberes hacia otros profesionales clínicos, estudiantes y otro personal

  1. El profesional clínico debe relacionarse con otros profesionales de la salud y otro personal de manera respetuosa y colaborativa, sin sesgo ni mantener una conducta de acoso o discriminatoria. El profesional clínico también debe asegurarse de que se respeten los principios éticos cuando trabaje en equipo.
  2. El profesional clínico debe respetar las relaciones profesionales clínico-paciente de sus colegas y no intervenir a menos que lo solicite otra parte o sea necesario para proteger al paciente de daños. Esto no debe impedir que el profesional clínico recomiende acciones alternativas consideradas en el interés superior del paciente.
  3.  El profesional clínico debe informar a las autoridades correspondientes sobre las condiciones o circunstancias que impidan al profesional clínico prestar un cuidado de la más alta calidad o que impidan respetar los principios de este Código, incluyendo cualquier forma de abuso o violencia contra los profesionales clínicos y otro personal de la salud, las condiciones de trabajo inadecuadas u otras circunstancias que producen niveles excesivos de estrés.